Las asociaciones abajo firmantes, siendo conocedores de la solicitud por parte de la Federación Extremeña de Caza junto a la Federación Extremeña de galgos para la regulación de los entrenamientos de galgos con vehículos a motor para salvaguardar su integridad y, al mismo tiempo, posibilitar su entrenamiento como animales que lo demandan, exponemos:
La Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura determina:
Art2.2. Se prohíbe:
a) Maltratar, torturar o infligir daños a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados o la muerte.
g) Obligarlos a trabajar o a producir de forma que se ponga en peligro su salud
Art.32.3. Se consideran infracciones graves:
a) Maltratar, torturar o infligir daños a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados

La cifra del número de galgos que al final de la temporada cinegética son vejados o asesinados no se sabe a ciencia cierta. Las protectoras y asociaciones de animales en España hablan de más de 50.000 galgos abandonados al año, pese a que las instituciones hablan de muchos menos, somos conocedores de que la mayor parte del abandono y maltrato no llega a ser denunciado nunca.

Según informe de ASANDA, Asociación Andaluza para la Defensa de los Animales, la Junta de Andalucía prohibió la práctica solicitada de entrenamiento con galgos a motor allí hace ya años, pese a un informe redactado por un docente en la Universidad de Córdoba. Dicha institución facilitó los criterios que deberían regular los entrenamientos, aunque sin explicar cómo y quién podría vigilar las pautas marcadas, de tiempo y velocidad de entrenamiento que quedarían en manos de sus propietarios. La Comunidad Autónoma de Madrid ha prohibido esta actividad al considerarla maltrato, con la entrada en vigor de de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.

Consideramos que dichas prácticas de entrenamiento, al ser imposible de controlar adecuadamente (se suelen llevar 5 o 6 galgos atados a un vehículo, en ocasiones más) solo pueden conllevar más accidentes en los que los galgos acaben heridos, huesos rotos, y por tanto abandonos o “cesiones” a perreras o protectoras que luego tienen que soportar el gasto económico en veterinarios para poder recuperar a los animales y darles una vida digna.

Consideramos que los galgos no “demandan” tal entrenamiento, pues conocedores de la raza y en contacto con muchas asociaciones especializadas en dicha raza, hemos podido constatar que son perros tranquilos a los que les encanta dormir, perros que si no llegan traumatizados por la mano del ser humano corren solo por gusto, disfrutan de la compañía del ser humano, son nobles, animales amigables que están siendo usados incluso para terapia con enfermos, gente mayor y niño. No consideramos que estén preparados para esfuerzos continuados como pretenden forzales.

Asimismo, si los galgos estuvieran genéticamente preparados para correr de esa manera, no habría miles de ellos en las protectoras y perreras. No se mantendrían encerrados durante largas jornadas de tiempo si necesitaran correr de forma tan intensiva de manera natural, ni serían cedidos y abandonados a tan temprana edad «porque ya no valen».

Por todo ello, rogamos se realicen las gestiones oportunas para evitar cualquier situación de maltrato silenciado por parte de una Administración. Habida cuenta de la mayor sensibilización en la sociedad, rogaríamos igualmente se intente por parte de todas las administraciones fomentar la adopción e incidir en la lucha contra el abandono y el maltrato.