NUEVOS ESTATUTOS

El 19 de abril de 2024, en Asamblea de socias y socios, se han modificado los Estatutos de la Asociación, para adecuarnos a los nuevos tiempos, tras 30 años de funcionamiento

Estos estatutos reformados han sido visados por la Junta de Extremadura con fecha 07 de junio de 2024

FINES DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 2. Fines

  1. Recoger, rescatar y recuperar animales abandonados preferentemente en la Provincia de Cáceres promoviendo la elaboración y posterior firma de Convenios de Colaboración con Ayuntamientos.
  2. Promover la adopción de los animales domésticos por parte de personas que se comprometan a regularizar su situación sanitaria y a atender sus necesidades a lo largo de su vida
  3. Implementar, promover y participar en programas de métodos éticos de control de colonias felinas urbanas. Controlar colonias de gatos callejeros en zonas donde la Asociación disponga de voluntarios para desarrollar estas labores mediante la aplicación del método CES, así como colaborar con las autoridades competentes en cada zona en el control de colonias felinas y de otro tipo de animales si surgiera.
  4. Colaborar con otras organizaciones, administraciones o personas que quieran ayudar en cualquiera de los ámbitos que se comprenden dentro de las finalidades y objetivos de esta Asociación.
  5. Instar a las Autoridades a que extremen su vigilancia en la prevención y sanción de actos de crueldad, abandono y maltrato contra los animales, vigilando el estricto cumplimiento de las leyes vigentes al respecto. Asimismo, se denunciará siempre que se tenga conocimiento de una situación de este tipo a las autoridades y entidades pertinentes, habiendo confirmado la veracidad de esta situación previamente cuando se tenga constancia fehaciente.
  6. Perseguir la mejora y actualización de las ordenanzas y leyes referentes a la interacción del humano con los animales, ya sean de compañía o libres.
  7. La práctica del apoyo mutuo y de la solidaridad colaborando con otras Asociaciones, Plataformas, Organismos y particulares en todas aquellas actividades dirigidas a la protección de los animales y en cualquier caso en el que posean finalidades coincidentes con las de la Asociación.
  8. Dar una muerte digna a los animales desahuciados, siempre bajo criterio veterinario, conforme a los métodos más avanzados de eutanasia y por procedimientos totalmente indoloros.
  9. Educación: formación especializada relacionada con los fines de la Asociación